Seguro que habéis escuchado esta noticia en algún medio de comunicación. Una mamá madrileña ha conseguido que el Tribunal Supremo le dé la razón. Las prestaciones recibidas por la Seguridad Social durante las 16 semanas que estuvo de baja por maternidad están exentas de tributar. De esta forma le han devuelto los 3.000 euros que había pagado en concepto de IRPF durante su baja. El Supremo ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del año 2017.
Es la primera vez que en España se devuelve la cantidad de IRPF de la prestación por maternidad. Termina así un largo litigio entre los papás y mamás y la Agencia Tributaria que sí consideraba las semanas de baja como rendimientos de trabajo y por ello debían declararlos en concepto de IRPF. Este fallo del alto Tribunal sienta jurisprudencia. Por ello, si eres de las que te encuentras en esta situación, puedes iniciar las acciones legales correspondientes para recuperar el dinero que ya has pagado. Te contamos cuáles son los pasos a seguir y las condiciones que se deben dar para reclamar el IRPF por maternidad.
¿Quién puede hacer la reclamación?
La sentencia del Tribunal Supremo considera que afecta a todas las ayudas percibidas desde el año 2014 hasta ahora. Esto es así porque los derechos y obligaciones tributarias prescriben a los cuatro años. Pueden presentar la reclamación:
. Tanto madres como padres, tras el nacimiento de su hijo y hayan compartido la baja de maternidad. En el caso de los papás la cantidad recibida es muy inferior, ya que sólo disponen de 2 semanas de baja.
. Las mujeres autónomas que hayan recibido también esta prestación de la Seguridad Social. El requisito es que deben de estar afiliadas y en situación de alta en el RETA ( Régimen Especial del Trabajador Autónomo). Y tener pagadas sus cuotas mensuales a la Seguridad Social.
. Están exentos de pagar en los casos de nacimiento, parto, adopción, hijos a cargo, tutela, acogimiento y orfandad.
De esta forma se esclarecen las sentencias contradictorias que se han visto hasta ahora en los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas.
¿Qué pasos se deben seguir para pedir esa devolución?
- En primer lugar, tienes que presentar una solicitud de rectificación y devolución de los ingresos indebidos. Para ello tendrás que dirigirte a la delegación de Hacienda que te corresponda por zona. También puedes enviar la documentación por correo certificado.Si esta reclamación es procedente, Hacienda rectificará la declaración y tendrá que devolver la cantidad, más los intereses de demora correspondientes.
- Pero, por el contrario, si hay una desestimación por parte de la Agencia Tributaria, tendremos que presentar alegaciones, agotando la vía administrativa si fuera necesario.
- Para las declaraciones de 2016 y 2017 este trámite se puede realizar a través de la web de la Agencia Tributaria. Si la reclamación es de años anteriores, puedes acudir a la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) que te darán un modelo para rellenar, en el que tienes que añadir una referencia a la sentencia del Tribunal Supremo. O te lo puedes descargar directamente de su página web. Esta solicitud se realizará siempre que Hacienda no haya practicado liquidación definitiva o provisional.
- Una vez tengamos todas las alegaciones presentadas, deberás redactar un recurso de reposición y una Reclamación Económica Administrativa ante el Tribunal Regional correspondiente. Puede ser que aquí también la respuesta sea negativa. ¿qué tenemos qué hacer entonces?
- Nos queda la reclamación vía judicial. Una vez agotada la vía administrativa tienes un plazo de dos meses para iniciar el procedimiento judicial. Se trata de un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la zona donde residas. Llegado a este punto, necesitarás un abogado y un procurador para que te asista.
¿Y si mi hijo ha nacido durante el 2021?
Con respecto a las prestaciones por maternidad percibidas a lo largo de este año, la Agencia Tributaria ha afirmado que será totalmente deducible en la próxima declaración de IRPF. Así ofrecerá en la próxima campaña de la Renta los datos fiscales e incorporará esas prestaciones como rentas exentas.
¿Cuánto me pueden devolver?
Las cantidades van a depender de cada caso. En función del importe de la prestación que hayas recibido y el tipo marginal aplicado al resto de tus ingresos.
Si quieres conocer la cuantía exacta puedes calcularlo fácilmente. Localiza el importe de prestación por maternidad en los datos fiscales que te envía Hacienda. Te puede ayudar, consultando la página web de la Agencia Tributaria.